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Foro de Vandal

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Asesoría jurídica Vandal.

MarquesRiscal
Lugar: Barcelona · 4753 mensajes · Colección
#91  Enviado: 07:49 19/04/2011

  Para Emparedado:
Gracias por la aportación, muy interesante. La verdad es que me hacía falta verlo en caso práctico para acabar de entenderlo. Dicho eso, la ley y la jurisprudencia parece clara al respecto, otra cosa es que me parezca justo o no.


  Para Tokimeki:
Primero de todo recuerdo, que lo primero que dije fue que sí, que debería tener cuidado porque alguna entidad de gestión podría actuar.

Los videojuegos no son considerados cultura, por lo que no tenemos ningún derecho a compartir sus propiedades intelectuales

Los videojuegos sí que están protegidos por a ley de propiedad intelectual, y tienes derecho a efectuar una copia privada. Obviamente no puedes extraer su música y colgarla en internet, pero esque eso yo no lo he dicho.

Segundo: sí, son autores de la obra que han traducido, hablaba en presente, pero doy a entender eso, que el que tiene derechos sobre la obra traducida al castellano de una obra inglesa, por ejemplo, es el traductor.

Tercero: En caso de una recopilación, he dicho que con ello debía de crear una obra nueva para que estuviera protegida por la ley de propiedad intelectual, si no cumple los requisitos de originalidad no será una obra nueva y por lo tanto lo que tu dices poner una canción detrás de otra no sería una obra nueva, y por lo tanto no se le reconocerían derechos, es más tendría que pagar por los derechos de los autores de las obras que seleccionase.

A lo que me venía a referir esque en temas de propiedad intelectual a través de la red, si seguimos el pie de la letra, no podemos ni siquiera salir de casa. Por eso sugería que pese a poder actuar la SGAE o cualquier otra entidad de gestión, su primera actuación es en páginas que usan la música de sus autores asociados con fines comerciales, si yo me bajo una canción de Alejandro Sanz y la pongo en mi página web. SI, CLARO, podría venir a cerrarme la página web porque eso dice la ley. Pero un web con 50 visitas diarias destinadas al canto del jilgero menor, tú crees que iban a perder el tiempo en eso?, no obviamente tiene millones de páginas antes que aquella. Y si te crees que la entidad de gestión del músico japonés que está creando la música del videojuego en su país, va a entrar en tu página web para cerrártela, pues mira, sí puede hacerlo perfectamente, pero estos están para ganar bien el dinero y no se suelen centrar en sucesos que no les dejen dinero. Por eso se centran sobretodo en su uso comercial.


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Puedo aceptar el fracaso, pero no puedo aceptar el no intentarlo.
#92  Enviado: 09:00 19/04/2011

  Para MarquesRiscal:
No había entendido lo que quisiste decir en un principio, ahora ya me ha quedado todo más claro y concuerda con lo poco que sé, así que te pido disculpas por el malentendido y te doy las gracias por "perder" tu tiempo con el pueblo, y aclararnos las dudas que pudiéramos tener Se agradecen mucho este tipo de iniciativas.

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The monster within: I have not mouth and I must scream
#93  Enviado: 10:00 20/04/2011

Por una vez, y agradeciendo al autor del post por la idea, voy a aprovecharlo para colocar una duda que tengo.
Basicamente, mi padre lleva meses arrastrando un mes minimo de sueldo -a veces llegaba a 3, en este preciso instante 1 sin contar lo que llevamos de abril-, y el caso es que van a chapar el chiringuito y estos 2 meses -marzo y abril- los quieren meter por Fogasa junto a la idemnizacion. El caso, es que entre unas cosas y otras hay varias cosas un poco atrasadas de pago, como el gas o la luz. ¿Se podria hablar con dichas empresas para, explicando la situacion, aplacen un poco el pago aun con intereses? ¿Se podria obligar a la empresa de mi padre a pagar dichos intereses? ¿Se puede "meter prisa" a Fogasa para que paguen? ¿Y porque la gente de pie debe pagar intereses siempre y las empresas no los pagan cuando se retrasan a pagar a sus trabajadores?
Gracias por tu tiempo MarquesRiscal y compañia.

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MarquesRiscal
Lugar: Barcelona · 4753 mensajes · Colección
#94  Enviado: 11:41 22/04/2011

Buenos días, siento tardar en responder pero llevo dos días fuera de casa. Te comento.

¿Se podria hablar con dichas empresas para, explicando la situacion, aplacen un poco el pago aun con intereses?

La vía negocial es al margen del tema jurídico, siendo la relación laboral una relación privada entre la empresa y el consumidor, dependerá del criterio que tengan ellos. Supongo que sí.

¿Se podria obligar a la empresa de mi padre a pagar dichos intereses?


sí, jurídicamente la empresa al incurrir en mora debe pagar los daños y perjuicios ocasionados. Pero claro, tal y como está el patio con la crisis, a ver quien es el guapo que los reclama jugándose de la renovación de su puesto de trabajo.

¿Se puede "meter prisa" a Fogasa para que paguen?

A qué te refieres? La empresa pagará cuando tenga dinero para ello. En el caso de tener el dinero y no querer pagar se puede interponer una demanda, y en el caso de que Fogasa estuviera esperando el pago de otras empresas, incluso se puede interponer una demanda a las empresas deudoras por parte de los trabajadores de Fogasa. Las formas de "meter prisa", son mecanismos de presión que tenéis, ya sea huelga, vagas, manifestaciones, quejas, que intervenga el sindicato... y en fin lo que se os ocurra...

¿Y porque la gente de pie debe pagar intereses siempre y las empresas no los pagan cuando se retrasan a pagar a sus trabajadores?

Eso no deberái ser así, pero las leyes laborales, y más con la última reforma benefician mucho al empresario y protegen muy poco al trabajador, y si le añades el factor crisis, esto es a ver quien puede más y los trabajadores tenemos todas las de perder porque nos jugamos un puesto de trabajo, que encima tenemos que dar las gracias por no estar en el paro. Pero es tan sencillo como poder demandar a la empresa, porque ese pago lo deberían de efectuar ellas. Pero, al día siguiente de recibir la demanda estás en la calle.

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Puedo aceptar el fracaso, pero no puedo aceptar el no intentarlo.
#95  Enviado: 22:18 25/04/2011

Intentar optar a ser abogado es como decir "mira, soy un mendigo ilustrado, abocado al mileurismo, que me moriré deambulando por despachos de mala muerte o crearé el mío para que el final sea de muerte súbita"

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DON VICENTE, EL ABUELO DE INTERNET 2.0  - Xbox360: don vicente   - PSN : adolfjile
MarquesRiscal
Lugar: Barcelona · 4753 mensajes · Colección
#96  Enviado: 00:11 26/04/2011

Desgraciadamente tienes toda la razón xD.

Sabes en lo que se parecen un espermatozoide a un abogado? Que de entre 1.000.000 sólo triunfa uno.

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Puedo aceptar el fracaso, pero no puedo aceptar el no intentarlo.
ZetaCold
#97  Enviado: 00:14 26/04/2011

UNA PREGUNTA

me han aceptado para un curro aunque primero tengo que estar 15 dias de prueba.... el jefe dice que estos 15 dias me hace un "contrato mercantil" para ya despues hacer un contrato normal por la seguridad social y tal....

el caso es que le he comentado esto a mi cuñado, y dice que un contrato mercantil lo tienen que hacer entre empresas, y si me lo van a hacer a mi es que me hacen autonomo y como te pague mas de X euros tendrás que declararlo a hacienda etc......

él no es abogado ni nada, pero sus padres tienen un negocio asi que imagino que lo dice por algo, y ya me ha acojonado un poco porque tengo que firmarlo el jueves.....

entonces, ese contrato mercantil en que consiste? y me podria perjudicar de alguna manera? :S

thanks.

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Las mujeres se despiertan bostezando y los hombres con una erección. ¿Coincidencia?, no lo creo...
sadistic
Lugar: Cydonia · 2199 mensajes · Colección
#98  Enviado: 00:50 26/04/2011  Editado: 00:50 26/04/2011 (1 vez)

Son legales las manifestaciones en campaña electoral? Thanks!

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come ride with me through the veins of history, i'll show you a god who falls asleep on the job
MarquesRiscal
Lugar: Barcelona · 4753 mensajes · Colección
#99  Enviado: 17:28 26/04/2011

  Para ZetaCold:
Pues tu tío tiene razón. Un contrato mercantil es un contrato entre empresas, pero no entiendo muy bien la utilidad que le quiere dar tu jefe. Lo legal seria que te hiciera un contrato de prácticas, pero eso es mínimo seis meses, supongo que será esa la razón por la cual te quiere hacer ese tipo de contratos. No creo que cobres lo necesario como para que declares a hacienda, vamos son 15 días...
La solución sería no firmarlo, yo le preguntaría a tu jefe dónde te estás metiendo exactamente firmando ese tipo de contrato, porque la teoría contractual se debería mirar caso por caso.  Sabría en qué te puede perjudicar si me leyera todo el contrato, pero me imagino es que te hacen eso para ficharte sólo por 15 días, y si no, pues te echan, porque los contratos de prácticas estan regulados por el Estatuto de Trabajadores y deben ser mínimo de 6 meses, otra utilidad no te sabría decir sin el contrato en la mano.


  Para sadistic:
La Ley Orgánica del derecho de reunión faculta la posibilidad de modificar una convocatoria a reunión por parte de la entidad gubernamental en cuestión en su artículo 10. Que yo sepa es totalmente legal.

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Puedo aceptar el fracaso, pero no puedo aceptar el no intentarlo.
#100  Enviado: 15:08 06/05/2011  Editado: 15:17 06/05/2011 (3 veces)

¿Alguien domina de derecho electoral? Y concretamente derecho registral en materia de partidos políticos.

Consideraciones a tratar: Defecto formal en la constitución de un partido. Efectos. Responsabilidad registro por inscripción con defectos formales. Plazos, legitimación para impugnar.

Parece muy fácil, pero a mi me está ocasionando un quebradero de cabeza impresionante. Ya que todo es en base a interpretaciones extensivas y análogas.

Así que, si alguien domina del tema y le interesa, que me mande un privado.

PD: Es un caso real, por eso no ponga nada por aquí.

NOTAS: Ya he ido a la junta electoral y no tienen ni la mas remota idea.
MarquesRiscal
Lugar: Barcelona · 4753 mensajes · Colección
#101  Enviado: 12:12 11/05/2011

Mándame un privado si quieres, deberías concretar bastante, así es muy difícil ayudarte. Explicame el caso.

Un saludo!

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Puedo aceptar el fracaso, pero no puedo aceptar el no intentarlo.
Kadaj
#102  Enviado: 19:43 11/05/2011

Este verano en el parque de atracciónes se produjo una pelea a un par de metros de donde yo estaba, me metí a separar, me llevé alguna hostia suelta y poco más. Cuando llegó la policia testifiqué y tuve que dejar mi DNI por si había juicio para ir y contar lo que había pasado.

A finales del año pasado tuve que ir a ver al médico forense para confirmar mis "lesiones" y me fui para casa esperando no tener que volver a los juzgados porque menudo coñazo.
Pues bien, hace un par de meses me llegó otro telegrama para que vaya mañana a un juicio de faltas, supuse que alguien había denunciado y que me tocaba ir a testificar pero ahora revisándolo he visto que voy en calidad de denunciante y denunciado.

Yo no denuncié a nadie, simplemente lo vi, intenté separar y quedé como testigo. A qué viene ahora esto? Quiere decir que me han denunciado, que han usado mi testimonio para denunciar o qué?

Es lo que me jode de estas cosas, que encima de ser el único gilipollas que intentó ayudar ahora tengo que estar con estas tonterías.

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A partir de ahora soy tu enemigo. A partir de ahora soy tu maestro.
MarquesRiscal
Lugar: Barcelona · 4753 mensajes · Colección
#103  Enviado: 00:52 12/05/2011

Pues creo que habrá denunciado el Fiscal. Porque si no no se entiende. Es raro, porque si has ido al forense a que te valore las lesiones es porque has denunciado, o han denunciar por ti (fiscal).
Si sale que vas en calidad de denunciante y denunciado, o se han equivocado que es muy posible, o ha denunciado el fiscal por ti.

Ves tranquilo no te va a pasar nada en un juicio de faltas. Y depende cómo te pagarán las lesiones sufridas. Ves allí di lo pasó y yasta, debes darle credibilidad al juez, que te la dará sin problemas.

Si es mañana cuenta por aquí cómo fue.

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Puedo aceptar el fracaso, pero no puedo aceptar el no intentarlo.
Kadaj
#104  Enviado: 03:00 12/05/2011

Oks, muchas gracias. Pues a ver que me dicen, imagino que será un error porque supongo que el fiscal tendrá mejores cosas que hacer que meterse en algo así cuando no fue más que una tontería aunque no sé la verdad..xD

En cualquier caso mañana pongo aquí lo que me digan.

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A partir de ahora soy tu enemigo. A partir de ahora soy tu maestro.
#105  Enviado: 03:06 12/05/2011

Estoy de alquiler en un piso junto a otros tres compañeros. Firmamos en septiembre de 2010 un contrato hasta septiembre de 2011, ambos inclusive, pero ahora ya tenemos mirado otro piso al que queremos mudarnos al acabar este curso. ¿Hay alguna manera de desvincularse del primer contraro y no pagar los meses de julio, agosto y septiembre de un piso en el que no va a haber nadie?, ¿o ya depende de la buena voluntad de la arrendataria perdonarnos esos pagos? Gracias ^^
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